La denuncia del Presidente, que recayó en el juzgado federal de María Servini, está apoyada en el artículo 211 del Código Penal, que define el delito de intimidación pública como «dar voces de alarma, hacer señales o utilizar otros medios materiales para infundir temor público o suscitar tumultos o desórdenes», con penas que van de los 2 a los 6 años de prisión.La denuncia del Presidente, que recayó en el juzgado federal de María Servini, está apoyada en el artículo 211 del Código Penal, que define el delito de intimidación pública como «dar voces de alarma, hacer señales o utilizar otros medios materiales para infundir temor público o suscitar tumultos o desórdenes», con penas que van de los 2 a los 6 años de prisión.

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